VISTO: la necesidad
continuar con las actividades de vigilancia de la calidad del agua potable
distribuida por redes en todo el país;
RESULTANDO:
I)
que actualmente dicho cometido básico se viene implementando mediante una
compra directa con la UDELAR-Facultad de Química, aprobada mediante
Resolución
de URSEA Nº 273/018, de 11 de setiembre de 2018, cuyo vencimiento fue
prorrogado hasta el día 31 de octubre de 2020, según lo dispuesto
por las
resoluciones Nº 47/020, de 10 de marzo de 2020 y Nº 128/020, de 12 de
junio de
2020;
II) que, la Unidad de
Análisis de Agua de la
Facultad de Química-UDELAR, presentó –a solicitud de URSEA-
un presupuesto
donde detalla las actividades de toma de muestras y realización de
análisis de
agua potable a efectos de mantener un nivel de actividad compatible con los
objetivos del plan de vigilancia durante el período de doce meses
el cual
iniciaría en fecha posterior al vencimiento de la compra directa antes
relacionada, por un monto total de pesos uruguayos seis millones novecientos
cincuenta mil ($ 6.950.000);
III) que las asesoras
técnicas del Área Agua
y Saneamiento de esta Unidad Reguladora, en informe INF-00179-2020, recomiendan
aprobar la cotización presentada por la Unidad de Análisis de
Agua de la
Facultad de Química-UDELAR, para la realización de las
actividades detalladas
en las Especificaciones para la
compra
directa por excepción de extracción y análisis de
muestras, para la vigilancia
de la calidad del agua en todo el país;
IV) que la
División Gestión de Recursos,
teniendo en cuenta que la compra directa por excepción que se pretende
realizar
es por un monto total de $ 6.950.000, informó existe disponibilidad para
cubrir
la erogación durante el ejercicio 2020 de un monto total de $ 3.127.500
y en
cuanto al ejercicio 2021 queda sujeto a disponibilidad de crédito
según
presupuesto del servicio descentralizado (artículo 221de la Ley 19.889).-
Asimismo sugirió la contratación de dichos servicios solicitados,
en el marco
del articulo 33 Literal “C” Numeral 1º, Compra Directa por
Excepción, en el
ejercicio de atribuciones delegadas, según Resolución del Poder
Ejecutivo
457/991 de 27 de junio de 1991;
CONSIDERANDO: I) que las
actividades de control de la calidad del agua potable se deben seguir
realizando por ser cometidos básicos de nuestra Unidad
Reguladora;
II) que la Facultad de
Química de la
Universidad de la República, es un organismo que integra el Estado, por
lo cual
hay norma habilitante para realizar con ella una compra directa por
excepción;
III) que, si bien Ursea
servicio
descentralizado, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 248 de la Ley
Nº
19.889, de 9 de julio de 2020, tiene la calidad de ordenador primario de gastos
y pagos, en lo que respecta a su patrimonio, según lo dispone el
artículo 252
de la expresada Ley, hasta tanto no se apruebe su primer presupuesto, se
continuará sustentando con las asignaciones previstas por ley para la
unidad
ejecutora 006 “ Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua
“ del Inciso
02 “Presidencia de la República”;
ATENTO: a lo expuesto y a lo
dispuesto por el artículo 1º literal “C”, 10º y
15º literal “D” de la Ley Nº
17.598 de 13 de diciembre de 2002, en la redacción dada por la Ley
Nº 18.719 de
27 de diciembre de 2010,
artículos 238 a
255 de la Ley Nº 19.889, de 9 de julio de 2020, el artículo 33
literal “C”
numeral “1” del Texto
Ordenado de
Contabilidad y Administración Financiera aprobado por el Decreto Nº
150/012 de
11 de mayo de 2012 a la Resolución de Ursea "SD 194/020" de 20 de
agosto de 2020; a Resolución del Poder Ejecutivo 457/991 de 27 de junio
de
1991, y a lo expuesto;
EL DIRECTORIO
del Servicio
Descentralizado
en ejercicio de
atribuciones
delegadas
RESUELVE:
1)
Adjudicar - ad referéndum de la intervención de la Contadora
Auditora Destacada
del Tribunal de Cuentas de la República y de la Contadora Central de la
Contaduría General de la Nación ante la Presidencia de la
República – la compra
directa por excepción, al amparo del artículo 33, literal
“C”, Numeral “1”, del
TOCAF, de los servicios de muestreos y análisis de agua potable a la
Facultad
de Química de la Universidad de la República a realizar por su
Unidad de
Análisis de Agua, para que durante el plazo de doce meses (comienzo
estimado el
1º de noviembre de 2020) y por un monto total de hasta pesos uruguayos seis
millones novecientos cincuenta mil ($ 6.950.000) para que realice las
actividades
detalladas en el anexo “Cotización de Análisis” que
se adjunta y forma parte de
esta resolución.
2)
Disponer que el comienzo de las actividades será registrado en un acta de
inicio, que tendrá lugar una vez intervenida la compra directa por
excepción.
3)
La forma de pago del precio será la siguiente forma: Ejercicio 2020: monto total de
pesos
uruguayos tres millones ciento veintisiete mil quinientos ($
3.127.500): 10% al inicio de la
compra, 35% al finalizar el año 2020. Durante el ejercicio 2021: monto $3.822.500
sujeto a disponibilidad Inciso 69): 10% a los 4 meses, 15% a los 6 meses,
15% a los 9 meses y el saldo restante al finalizar el período de la
compra (los
meses referidos se cuentan desde el comienzo de las actividades). Los precios
unitarios detallados en el anexo “Cotización de Análisis” se
consideraron fijos, no
previéndose ajustes de los mismos durante el período de la
compra.
4)
Disponer que la
erogación sea con cargo a fondos del Proyecto 000 "Funcionamiento",
objeto 282, Financiación 1.2 “Recursos con Afectación
Especial”, para los
montos a abonar durante el año 2020. En lo que respecta a la
erogación a
realizar durante el ejercicio
2021,
deberá oportunamente informarse disponibilidad y a que rubro afectar
dicha
erogación, una vez aprobado nuestro presupuesto anual como servicio
descentralizado de acuerdo a la Ley Nº 19.889, dando conocimiento al
Contador
auditor Delegado del Tribunal de Cuentas del Servicio
Descentralizado.
5)
Establecer que las tareas a realizar se detallan en el anexo “Especificaciones particulares Compra directa 2020-2021", que se adjunta a la presente y
forma parte
de esta resolución.
6)
Designar para integrar la Comisión de Seguimiento de las actividades
comprendidas en esta compra, en representación de la URSEA, a las
ingenieras
Sandra Rodríguez y Ana Gini.
7)
Notifíquese y pase a la División Gestión de Recursos
(Administración y
Finanzas) a sus efectos.
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